Pagá tu deuda de AFIP
Monotributo, Autónomo, IVA, Convenio multilateral o Ganancias
¿En qué situaciones puedo acumular deuda en AFIP?
Son varias las situaciones en las cuales una persona puede acumular deuda en AFIP. Te damos algunos ejemplos:
1-Si se encuentra, actualmente, inscripto como monotributista o Responsable Inscripto, pero no pagó a término sus obligaciones.
2-Si se registró en AFIP para desarrollar una actividad económica en algún momento, ya no la realiza en la actualidad, pero no solicitó la baja de sus impuestos.
3-Si registró la baja de sus impuestos, pero igualmente tiene períodos sin abonar.
¡En todos los casos, la deuda acumulada generará intereses!
¿Cómo saber si tengo deuda?
- Para conocer tu estado de deuda, no necesitás concurrir a las oficinas de AFIP. Con tu CUIT y tu Clave Fiscal, podemos consultar si tenés períodos impagos, ya seas Monotributista o Responsable Inscripto.
¿Qué sucede si no la pago?
Si dejaste de pagar tus impuestos, habrás acumulado deuda de IVA, Ganancias, Autónomo, Monotributo o Convenio Multilateral, según tu condición ante AFIP.
Estas obligaciones impagas acumularán intereses a lo largo del tiempo. En caso de no regularizarlas, pasarán a la etapa judicial.
¿Qué pasa al acumular deuda de Monotributo?
Ambos conceptos comprenden impuestos impagos. La diferencia es que en la deuda general, sólo se acumulan intereses resarcitorios (intereses que se originan por no haber cumplido el pago en tiempo y forma).
Cuando una deuda se encuentra en una etapa más avanzada, AFIP iniciará un juicio. Para regularizarla, además de abonar el capital original y los intereses resarcitorios, será necesario pagar intereses punitorios (los mismos se originan al iniciarse la demanda), y el honorario del abogado interviniente. Muchas veces, en esta instancia, AFIP aplica una traba de embargo al contribuyente.
¿Cuáles son los beneficios de adherirme a una moratoria de AFIP?
Regularizar tu deuda a través de una moratoria o plan de pagos de AFIP, te permite acceder a importantes beneficios, como cancelar los montos en cuotas, u obtener descuentos por pago al contado. Muchas veces, AFIP lanza moratorias especiales que poseen reducción de deuda o quita de intereses, y una financiación con muy baja tasa de interés.
¡Siempre estarás asistido por profesionales! En caso de que no estés conforme te reintegraremos el 100% de tu dinero.
Plan de pagos (Moratoria)
Deuda general AFIP
Para deuda de Monotributo, Autónomo, IVA, Convenio Multilateral o Ganancias,
que NO se encuentra en estado judicial
Requisitos:
CUIT
Clave Fiscal
–
Plan de pagos (Moratoria)
Deuda especial AFIP
Para deuda de Monotributo, Autónomo, IVA, Convenio Multilateral o Ganancias,
en estado judicial o en plan caduco
Requisitos:
CUIT
Clave Fiscal
Boleta de deuda (en caso de juicio)
El trámite suele durar una semana, dependerá de la complejidad de la deuda acumulada. Recordá que tu trámite lo realizará uno de nuestros contadores matriculados, al cual siempre podrás consultarle todo lo que necesites.